Cómo pagar una multa
En el presente artículo os contamos todos aquellos aspectos relacionados con el pago de las multas, ya que aunque hay personas que ya se han visto en la situación de haber tenido que abonar una infracción, lo cierto es que este tema requiere un poco más de detalle.
En primer lugar, debemos saber que existen varias maneras de hacer frente al pago de las multas. Podemos pagarlas a través de la web de la Dirección General de Tráfico (www.dgt.es) o telefoneando al 060, en el que nos pedirán nuestro número de tarjeta de débito o de crédito. Otras formas más tradicionales serían acudir a una oficina de correos o a alguna de las sedes del Banco Santander. Sin embargo, conviene tener presente que desde el día 4 de marzo de este año, no podremos pagar nuestras multas en metálico en las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
Si nos decantamos por pagarlas a través de la Red, lo tendremos que hacer con tarjetas de débito o crédito y habiendo permitido a nuestro navegador que acepte “cookies”. Dichas operaciones tendrán que hacerse a través de la Sede Electrónica, para lo cual contamos con dos opciones: pago de multas sin certificado digital ni DNI electrónico o pago de multas con certificado digital o con DNI electrónico. En esta última opción cabe añadir que dicho certificado deberá estar pertinentemente reconocido por la Administración. Y por supuesto, la persona sancionada siempre podrá contar con la posibilidad de pedir el duplicado del recibo de pago.
Por último, decidamos la opción que decidamos, es recomendable tener en cuenta que nos podemos ahorrar parte de la multa, algo que nos vendrá bien para nuestros maltrechos bolsillos. Así pues, para beneficiarnos de esta posibilidad hay que recordar que si nos han multado con una fecha posterior al 25 de mayo de 2010 y realizamos el abono de la infracción en un plazo inferior a los 20 días, nos podremos ahorrar la mitad de la cuantía de la multa.